Viaje y Caída de la Acera

Innumerables personas caminan en las aceras de la ciudad de Nueva York todos los días. Entre los individuos que usan las aceras de la ciudad de Nueva York están los jóvenes, los mayores y los discapacitados. Como tal, es crítico que nuestras aceras se mantengan en condiciones seguras.

El Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York §7-210 (en vigencia desde el 14 de septiembre de 2003) responsabiliza al propietario de las lesiones causadas por condiciones defectuosas en la acera contigua. Las secciones relevantes de §7-210 proporcionan en la parte pertinente que:

«Deberá ser el deber del propietario de la propiedad inmueble colindante con cualquier acera, incluido, entre otros, el cuadrante de intersección de la propiedad de la esquina, para mantener dicha acera en una condición razonablemente segura».

Sin embargo, una excepción se aplica a una, dos o tres casas familiares que están ocupadas por el propietario y se usan con fines residenciales. En estas situaciones, la Ciudad de Nueva York seguirá siendo responsable de los accidentes debidos a condiciones peligrosas en las aceras. Además, los tribunales han determinado que ciertas condiciones de acera siguen siendo responsabilidad de la Ciudad de Nueva York, incluyendo defectos en pozos de árboles, defectos ubicados en bordillos de aceras, defectos ubicados en aceras peatonales, defectos que involucran señales de acera o señales, defectos que involucran paradas de autobús o refugios de autobuses y defectos que involucran rejillas de aceras (a menos que sean propiedad, operado, controlado y mantenido específicamente por una entidad separada como Con Edison).

Si usted, un ser querido o un miembro de su comunidad ha resultado lesionado debido a una condición peligrosa en una acera, no dude en llamar a FARELLA MASCOLO PLLC al 212-287-1277 para una consulta gratuita.

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